XVII. Derecho a la Intimidad. Tienen derecho a la intimidad personal y la protección de sus datos personales.
XVIII. Derecho a la Seguridad Jurídica y al Debido Proceso. Todas las autoridades que sustancien procedimientos de carácter jurisdiccional o administrativo o que realicen cualquier acto de autoridad, garantizarán el interés superior de la niñez.
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